miércoles, 21 de febrero de 2024

El Derecho es práctica no constructo

Desde hace un par de años comencé a sostener que el Derecho se trataba de un constructo social. Esto es así porque es la sociedad la que decide qué es el fenómeno jurídico. Ahora, ¿a qué sociedad me refiero? El Derecho es Poder. Por tanto, es impuesto. En ese sentido sigue siendo un constructo. Parte del discurso de un grupo —muy reducido— de poderosos (económica, política, cultural y hasta religiosamente) que son quienes deciden no sólo cuál es el Derecho, sino también qué, cómo y hasta dónde es que hay Derecho (s). Entonces, ¿por qué una práctica? Bueno, lo que pasa es que esta última reconoce la pluralidad (jurídica); la multiplicidad de experiencias (del Derecho) que existen o pueden existir. Su diversidad. De aquello se desprende el que no hay un sólo Derecho, sino tantos como personas. Cada una vive su propio Derecho; su propia experiencia jurídica. Así que el Derecho es práctica antes que constructo. A pesar de que no por ello se despoja de su elemento de poderío. Al menos se abre la posibilidad para vivir un Derecho distinto, un nuevo Derecho. El Derecho del presente. Del día a día. Del hoy. El Derecho de ahora. El ahora del Derecho. O mejor, de los Derechos. Pero es que no estoy diciendo, a pesar del título de esta publicación, que no sea constructo social, mi narrativa indica una contradicción aparente. Sin embargo, esto queda superado no sólo por mi discurso sino también porque la propia realidad indica que el fenómeno jurídico es impuesto para permitir/dar paso a la práctica del Derecho. Por tanto, es ambos (y muchos) Derechos: constructo y practica. Práctica y constructo.

cacf 

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