viernes, 25 de octubre de 2024

Perdono y olvido

Asumir el paso del Estado de Derecho Legal (EDL) al Estado de Derecho Constitucional (EDC) significa vivir el Derecho desde la actualidad. Inicialmente, hay que aclarar qué es EDL, para después distinguirlo del EDC. 

En el primer caso, las características principales del modelo de Estado eran: 1) la visión del Derecho parte de la ley, se manejan como sinónimos; además, 2) a la ley se le designaba, indiscutiblemente, como la voluntad de la mayoría y en consecuencia era indiscutible; también se sostenía que a 3) los abogados sólo nos correspondía ser la boca de la ley. 


Ahora bien, para el EDC, las cosas cambian; a manera de contraargumentos, hay que decir sus principales características: 1) los derechos humanos (DH) son la fuente principal del Derecho; 2) se reconoce la existencia de la moral racional: valores, principios y DH; 3) existe un Tribunal Constitucional.


Si las diferencias no son lo suficientemente claras, digo lo siguiente: nuestro Estado actual de Derecho (constitucional, social, democrático) reconoce una visión más amplia del Derecho que la que proponía el EDL. Para empezar, reconoce directamente la vinculación entre Derecho y moral —no los confunde—. Esto es algo que antaño sería impensable, el más aferrado de los abogados (positivistas), dada su formación, jamás habría sostenido tal relación, se mostraron siempre como discursos antitéticos, opuestos entre sí, rivales. 


Las leyes —eje principal del EDL— permitieron una serie de abusos hacia grupos históricamente vulnerados: mujeres; personas indígenas, personas con discapacidad, por mencionar algunos; aunque también han sido vías legitimas de dominio y represión social: el nazismo y el stalinismo, son ejemplos claros de cómo la ley validaba sus expresiones y violencias. 


Con esto quiero resaltar que la ley no es sinónimo del Derecho. Que tampoco estamos ya en garras del EDL sino que hoy vivimos el EDC. Que si bien, la ley ha tenido muchos puntos en contra (que yo mismo he colocado en mi discurso), también ha tenido puntos a favor: constituyó en su origen un límite al poder, promovió la certeza y la seguridad jurídica hacia las personas miembros de un Estado, y colocó la primera piedra para construir la igualdad entre esos mismos miembros frente al Estado y a partir de la propia ley. 


Sin embargo, ha llegado el momento de soltar, abandonar, perdonar y olvidar al Estado de Derecho Legal (EDL) y migrar por completo al Estado de Derecho Constitucional (EDC). No porque sea el mejor o el único que existirá, sino porque es con el que contamos en la actualidad, la cual nosotros, como sociedad, construimos. 


Lo repetiré hasta que cambie mi discurso, el Derecho es un constructo y práctica social. Va más allá de la ley.


cacf

@quenosoyabogado

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