jueves, 28 de marzo de 2024

La crisis del Derecho

¿El Derecho está en crisis? Sí. Ha perdido su legitimidad. Se debilita. En México, la sociedad no cree en él; en sus Instituciones, sus Instancias; en su discurso. Es una pena, una muy profunda.

Hoy, mientras navegaba por X, me encontré con una prueba más de ello. Hoy se cometió un doble homicidio —por citar un caso—. Aquí mueren 81 habitantes al día según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de 2023. Y es que en Guerrero, a una mujer y un hombre se les vincula con la comisión de un delito en contra de una niña, quien fue secuestrada y privada de la vida. Los pobladores enardecieron más allá de las redes sociales, donde se difundieron datos personales de los presuntos responsables, así como la ubicación de su domicilio.

Bueno, es un hecho lamentable aquello que padeció la infancia. Sin duda. No creo que exista algo más importante que la atención y procuración de la felicidad de la niñez. Es sólo que no puedo evitar dejar de hacerme preguntas cómo: ¿qué certeza había de que las personas que aparecen en el video hayan cometido el secuestro; y eventualmente el homicidio? ¿Se puede afirmar, del mismo modo que esas personas fueron quienes lo hicieron? No existe aún investigación del caso concreto. Sólo indicios. Un video, cierto. Pero en el mismo se aprecia que cargan una bolsa negra la cual suben a la cajuela de un taxi ¿ahí estaba la niña? ¿Y si sólo fueron quienes estaban a cargo de deshacerse del cuerpo? ¿Se hizo “justicia”? 

Quiero aclarar que a mí me indigna las cifras que expuse, espero que tanto como a quien me lee. También, el que una niña haya tenido que pasar por eso. No lo merece. Nadie merece la muerte con violencia. Y sí, tampoco lo merecía la mujer que fue agredida por la población en general.

El hartazgo conoce de un origen más profundo. No se trata incluso (sólo) de una crisis de Derecho. Lo es también de Estado. De Poder. Estos tres elementos son interdependientes. Por un lado, el meta-Estado legitima al Derecho; al primero lo crea la Sociedad, el acuerdo, su práctica; y en consecuencia, dota a ambos de Poder. Ya dije que el Derecho es constructo y práctica. Porque tanto es impuesto como experimentado. En México, cada mañana escuchamos como se rechaza el discurso del Derecho por uno de sus Poderes. Cada día, vivimos en crisis. No existe un equilibrio entre los elementos dichos y tampoco lo existirá, desde mi posición, sino hasta asumir el Derecho, como una convención fundamental para la vida en sociedad. 

De tal suerte, no significa que lo que vivimos hoy no haya de repetirse. Los conflictos forman parte de nuestra memoria (individual y colectiva). Somos seres conflictivos. Hay que asumir eso también. Pero hemos ido —y seguimos— (re) aprendiendo, transformándonos, cambiando el fuego y las armas por el diálogo. No quiero que esto suene diplomático. Es más bien, argumentativo. Pues precisamente uno de los elementos de este último concepto es el conflicto mismo. Nuevamente, somos seres del conflicto ¿qué podemos hacer a partir de tal afirmación? Matarnos violentamente unos a otros o intentar resolver nuestros problemas a partir y a través del diálogo; de la emoción y la razón.

El problema, en consecuencia, no es sólo la indignante realidad que vivimos en México (y el mundo) sino la crisis que existe. De Poder, Estado y Derecho. De Sociedad. De Razón. Es más, cuando digo crisis, lo estoy haciendo en un sentido que no refiere la inexistencia de tales elementos; pues es cierto que subsisten en nuestro plano. Pero se hayan en manos de sectores que poco favorecen a la construcción de una cultura de paz.

Por tanto, es importante no perder de vista el enfoque justificativo de los hechos, las formas y los fondos. No es tan simple como se cree, es decir, no basta con hacer justicia por propia mano. Habríamos de reconocer nuestra incapacidad para resolver conflictos más allá de la violencia. Sería como regresar al pasado, lo cual es imposible porque el pasado no existe sino más que en función de quien (es) lo recuerda (y lo experimenta) a partir del presente. Un paso más allá, habríamos de dejar de conformarnos con esta clase de linchamientos y comenzar a preguntar y proponernos cómo y de qué manera (s) podemos participar en la construcción de sociedades más dignas. 

domingo, 17 de marzo de 2024

Valor cero del Derecho

Soy un tramposo, un mentiroso. Porque cuando digo valor cero del Derecho, hablo más de los Derechos Humanos que del Derecho en sí mismo ¿serán acaso lo mismo? Hoy en día (casi) puede sostenerse en afirmativo la respuesta a la pregunta. Sencillamente porque la fuente principal del Derecho es el discurso (ético) de Derechos Humanos. El bloque de constitucionalidad. 

¿Por qué valor cero? Porque en el plano etéreo (dimensión normativa) su valor es igual entre cada uno de ellos. No hay un derecho más importante que otro. Incluso, el valor cero es sólo una referencia, una trampa del lenguaje que persigue llamar la atención de quien me lee. Puede llamarse X, Y, N, etc. lo que importa es la nula jerarquía entre estos.

Sin embargo, cuando los hechos (dimensión fáctica) del Derecho entran en acción. Claro que los Principios se someten a valoración. Estableciendo un ejercicio de ponderación y proporcionalidad puede llegarse a limitar un Derecho Fundamental. Siempre, cabe aclarar, en atención al caso concreto. 

Bueno, ¿entonces en el Derecho hay valores? Sí. No todo es igual a cero. Lo cierto no tan cierto es que lo que suele enunciarse como valores jurídicos tiene poco que ver con los criterios valorativos contemporáneos del fenómeno jurídico. A saber, el valor de certeza y el de seguridad jurídica son dos valores que han perdido su fuerza en la actualidad. Desde la visión positivista, cabe decir que las leyes no son ni seguras ni certeras. Están plagadas de vaguedades, ambigüedades y hasta contradicciones. En consecuencia, cuando de valores hablamos (en la contemporaneidad jurídica) estamos refiriéndonos a Derechos Humanos. 

miércoles, 6 de marzo de 2024

Absolutos Derechos

No hay derechos absolutos ¿hay absolutos derechos? ¿No es lo mismo? Me duele la cabeza. No creo en absolutos. No lo somos nosotros. Tampoco lo es el concepto de dios. No hay dios. Ni nosotros. El límite somos nosotros mismos ¿contradicción? Sí. Somos contradictorios, mediocres, ignorantes, olvidadizos, y también, olvidados.

Tenemos derecho (s): a la vida, a la muerte, a la presencia y también a la ausencia. Yo mismo me he ausentado de este blog, de mí, de mis ideas. Me gusta alejarme de ellas, pero no que ellas se alejen de mí. No me gusta dejar de pensar. No puedo. Entonces, para qué no pienso. Porque tengo derecho a no hacerlo. Siento y no; creo y no; recuerdo y no; soy ¿o no?

Para el Derecho me volví suyo. Yo no soy mío. No soy de nadie. Ni del Derecho. Soy-Derecho-Derecho-Soy. Somos Derecho porque Derecho Somos. Lenguaje.

No hay verdades absolutas y esto es absolutamente verdadero. La verdad no existe.

¿Qué me pasa? Me alejé del centro. Centro, qué concepto tan curioso… ¿cuál es el centro? ¿El Derecho? ¿Yo? Nada ni nadie. Entonces ¿hay o no hay derechos absolutos o absolutos derechos o lo que sea que haya? ¿Hay? ¿Hay Derecho? ¿Hay algo? Instantes. Cada tecla que rozo, cada letra que se escribe, cada ley que se promulga y cada sentencia que se emite. Lenguaje. Cada decisión que se toma y no se justifica; también las que sí lo hacen.

Estoy y de pronto dejo de estar. Cómo el o los Derechos; sus escuelas; sus ideas y sus defensores. Naturalismo, positivismo, realismo, no positivismo (incluyente, excluyente, etc.) ¿hay o no hay? Puede haber o no. Me resisto a afirmarlo, no puedo, no quiero.

Por tanto, puede haber Derechos absolutos, hay quienes dicen que es la Dignidad, otros la vida. Yo no creo en eso. No hay Derechos absolutos. La dignidad y la vida, como Derechos Fundamentales se pueden restringir (a veces se deben) ¿quién lo decide? Los operadores fácticos: decisores (en sentido amplísimo). Nosotros. Decisores. Tú y yo. Yo y tú ¿o no?

lunes, 4 de marzo de 2024

Derecho-Dado

Ya he dicho que el Derecho se desenvuelve en una multidimensionalidad. Ahora bien, para ser más claro conviene recurrir a la imagen siguiente: un dado. Sí, el curioso cuerpo geométrico que solemos utilizar en juegos de mesa, de azar, y hasta en la cábala ¿por qué un dado? El cubo tiene más-caras que un simple y plano cuadrado. Asomarse al Derecho de manera plana indicaría el ser positivista. Ahora, el cubo puesto sobre la mesa no expresa necesariamente la correspondencia con el modelo típico del dado; por lo que puede que haya más que la suma de sólo un punto por “cara” hasta llegar a seis. Imaginemos la mesa, el dado, la cuenta de cada uno de los puntos que se van agregando en correspondencia con el número de caras que posee el dado (máximo 6) que es a los que solemos estar acostumbrados ¿podemos afirmar que hay correspondencia? ¿Necesariamente hay sólo ese número de puntos (6 máximo)? No. Puede que agreguemos más puntos a cada cara, puede también que no agreguemos ninguno, puede que sea un dado pelón. Sin puntos, sólo caras. Entonces ¿esto qué tiene que ver con el Derecho? Perspectiva. Es cuestión de prestar atención a lugar desde donde se presta atención. La realidad es tan subjetiva como la misma caída, producto de la gravedad. Si tiráramos el dado en el espacio no se caería, flotaría. O haría algo distinto a flotar o caer pues estas últimas categorías son subjetivas, fuimos nosotros quienes establecimos qué es caer o qué es flotar. Por extensión, el dado del Derecho puede también significar más que sólo normas, principios, valores, personas, derechos subjetivos y argumentos. Quizá en unos años esto deje de ser objeto de estudio del Derecho y se funde con la Ética y el Discurso, o quizá no. Puede desaparecer, como vamos a desaparecer nosotros.
Conviene aclarar también que si de dados, puntos, y derechos se trata el común entre estos es el acuerdo. Acordamos lo que decimos que es un dado, un punto y un derecho (también en plural: dados, puntos y derechos). Los puntos dados en el Derecho son producto de la intersubjetividad. La ciencia, la política, la religión, la cultura y hasta el lenguaje son acuerdos. Productos de la construcción social. De la práctica. En consecuencia, hoy hablo del Dado en el Derecho. Del Derecho-Dado. Mañana, quién sabe…

miércoles, 28 de febrero de 2024

Multidimensionalidad jurídica

Apenas antier escribía acerca de la tercera dimensión del Derecho: artística. Ahora bien, aquello no es del todo cierto (¿qué sí lo es?) Porque lo que pasa es que el fenómeno jurídico no tiene 1, ni 2 o 3 dimensiones. Es multidimensional. Esto es así porque hay tantos derechos como personas, lecturas e interpretaciones distintas de la realidad. Esta última, no es más que la intersubjetividad propia del acuerdo general, situada en un contexto determinado y una época/tiempo particular. Pues, claro que puede —y tiene— que haber disidentes para cada convención asumida cierta (o al menos real). El Derecho sin embargo juega con un elemento propio de su constitución: el Poder.  En consecuencia, ¿es Derecho aquel que es (sólo) impuesto? ¿O también puede serlo aquel propio de los disidentes? ¿Hay Derecho fuera del Poder? Y si esta última respuesta es afirmativa ¿seguiría siendo Derecho? A mi parecer el límite lo define la propia sociedad (aquella que construye al Derecho) aunque bien puede sostenerse que de hecho se limita sólo en razón de la propia acción comunicativa, es decir, del acuerdo (general y particular). Cuando este acuerdo/pacto se rompa deja de haber Derecho. Algo es algo no por serlo sino porque así se asume. Conviene, en consecuencia, prestar atención a lo que hemos dicho que es el Derecho; a la dimensión en la que solemos movernos cuando hablamos del él. Creo que viene bien el identificarlo con el momento en que vemos una película: es necesario verla más de una vez cuando nos disponemos a estudiar cine. Ir más allá de la narrativa/trama principal. Apreciar y admirar lo que no se dice pero se está diciendo. “Leer entre líneas” pero también dentro, fuera, a un lado, al otro, por encima, por debajo, a través, a partir, al margen y fuera del margen también de ellas. Para el caso del Derecho, como fenómeno ético-social hay un mayor peso en la necesidad de llevar a cabo este ejercicio multidimensional. 

lunes, 26 de febrero de 2024

La tercera dimensión. Una aproximación

Hace unos ayeres, el maestro alemán Robert Alexy postulaba su teoría de la doble dimensión del Derecho: normativa y fáctica. Yo hablo de su tercera dimensión: artística. Esta última incluye elementos estéticos al fenómeno jurídico. Considero aquí lo dicho por Augusto Boal en tanto el “Teatro Legislativo”; “Teatro Foro”; “Teatro Imagen”; “Teatro Invisible”, así como de sus propuestas metodológicas derivadas del Teatro del Oprimido. Propuestas que vinculan directamente al Teatro y el Derecho. Además, estoy considerando la belleza que debe contener un documento jurídico <una estética documental>. Basta ya de quimeras textuales, verborrea y eufemismos absurdos. Un documento bello es aquel que es claro y sencillo. Agrego también un elemento fundamentalmente subjetivo (tal y como la teoría alexiana) pues reconozco la práctica social del Derecho; el pluralismo jurídico. O sea que no pretendo estandarizar un modelo único de perspectiva sino que admito que cada sociedad ha de determinar lo que es bello en función del Derecho de los Derechos Humanos. El Derecho del presente. Valiéndome de una metáfora geométrica diría que ya conocemos por Roberto la longitud y altura del Derecho. Ahora es turno de admirar su profundidad.

miércoles, 21 de febrero de 2024

El Derecho es práctica no constructo

Desde hace un par de años comencé a sostener que el Derecho se trataba de un constructo social. Esto es así porque es la sociedad la que decide qué es el fenómeno jurídico. Ahora, ¿a qué sociedad me refiero? El Derecho es Poder. Por tanto, es impuesto. En ese sentido sigue siendo un constructo. Parte del discurso de un grupo —muy reducido— de poderosos (económica, política, cultural y hasta religiosamente) que son quienes deciden no sólo cuál es el Derecho, sino también qué, cómo y hasta dónde es que hay Derecho (s). Entonces, ¿por qué una práctica? Bueno, lo que pasa es que esta última reconoce la pluralidad (jurídica); la multiplicidad de experiencias (del Derecho) que existen o pueden existir. Su diversidad. De aquello se desprende el que no hay un sólo Derecho, sino tantos como personas. Cada una vive su propio Derecho; su propia experiencia jurídica. Así que el Derecho es práctica antes que constructo. A pesar de que no por ello se despoja de su elemento de poderío. Al menos se abre la posibilidad para vivir un Derecho distinto, un nuevo Derecho. El Derecho del presente. Del día a día. Del hoy. El Derecho de ahora. El ahora del Derecho. O mejor, de los Derechos. Pero es que no estoy diciendo, a pesar del título de esta publicación, que no sea constructo social, mi narrativa indica una contradicción aparente. Sin embargo, esto queda superado no sólo por mi discurso sino también porque la propia realidad indica que el fenómeno jurídico es impuesto para permitir/dar paso a la práctica del Derecho. Por tanto, es ambos (y muchos) Derechos: constructo y practica. Práctica y constructo.

cacf 

Cuando el Tribunal te sienta, el Derecho te levanta

Reflexiones de un abogado en pausa obligada Cada vez más cerca está el final de la semana. Esta noche de viernes no sabe igual a las demás. ...